¿Usted o alguien que conoces fue abusado sexualmente cuando era niño?
Como uno de los primeros bufetes en los Estados Unidos en responsagiar a la Iglesia Católica por el abuso de niños, Tremont Sheldon P.C. ha representado a más de 180 víctimas de abuso sexual infantil desde 1993. Nuestros casos han resultado en la recuperación de más de $70 millones para nuestros clientes.
Poderosos Defensores para los Sobrevivientes de Abuso Sexual
En nuestros años de buscar justicia para los sobrevivientes de abuso, nuestros abogados no han dudado en enfrentarse a las personas, instituciones y organizaciones más poderosas. Nuestro bufete continúa luchando por las víctimas de abuso sexual y actualmente representa a las víctimas abusadas como menores de edad por maestros o entrenadores en escuelas públicas, privadas y parroquiales en todo el estado de Connecticut, así como por clero o monjas en instituciónes religiosas y médicos y profesionales médicos como EMT y auxiliares de enfermería en hospitales e instalaciones médicas.
Es importante tener en cuenta que bajo la ley de Connecticut, cualquier persona que reclama daños como resultado de ser abusado, abusado sexualmente, agredido sexualmente o explotado sexualmente como menor tiene hasta 30 años más allá de la mayoría de edad (normalmente hasta la edad de 48 años) en el que presentar una reclamación en la corte. Aquellos que son abusados después del 1 de octubre de 2019 tienen hasta que cumplan 51 años de edad para presentar una reclamación. Nuestro bufete continúa representando a clientes que fueron abusados cuando eran niños en los años 80 y 90.
Abuso Sexual Infantil Preguntas Frecuentes
¿Cuál es el estatuto de limitaciones con respecto a la presentación de una reclamación de abuso sexual?
La mayoría de las víctimas que reclaman daños por abuso sexual, agresión sexual o explotación sexual cuando son niños pueden presentar una reclamación hasta 30 años después de la edad de abuso (normalmente hasta la edad de 48 años) en Connecticut. Aquellos que son abusados después del 1 de octubre de 2019 tienen hasta que cumplan 51 años de edad para presentar una reclamación.
Sin embargo, si usted reclama daños como resultado de ser agredido sexualmente como adulto, entonces usted tiene un período de tiempo mucho más corto en el que presentar una demanda. Por lo general, usted tiene tres años a partir de la fecha de la agresión para presentar contra el perpetrador por sus actos intencionales y dos años a partir de la fecha de la agresión para presentar contra cualquier otra persona o entidad (por ejemplo, el empleador del perpetrador) que puede haber sido negligente al permitir que el perpetrador tenga contacto con usted.
Si hay una caso criminal actualmente pendiente contra el perpetrador, ¿puedo presentar una demanda civil?
Sí. Los dos casos pueden proceder al mismo tiempo, pero puede haber razones para esperar, si es posible, hasta que el caso criminal concluya.
No quiero que se revele mi identidad. ¿Hay alguna manera de que pueda presentar una reclamación y permanecer anónimo?
Puede pedir permiso a la corte para presentar su caso bajo un seudónimo (por ejemplo, Jane Doe o John Doe). Depende del juez conceder o negar su solicitud.
¿Por qué elegirnos?
Tremont Sheldon P.C. tiene más de 50 años de experiencia en el manejo de casos de lesiones personales y abuso. Somos especialistas en casos de lesiones personales. ¿Por qué importa esto? Nuestro bufete solo maneja casos de lesiones personales y entiende cómo manejar estos casos de principio a fin y como resultado tenemos un historial de éxito contra compañías de seguros, hospitales, escuelas, iglesias y otras partes negligentes.
¿Cómo se demuestra un caso de abuso?
El abuso sexual infantil puede tomar muchas formas y ser difícil de probar, especialmente si las lesiones físicas ya no están presentes. Sin embargo, muchos médicos y especialistas en conducta son capaces de detectar los signos de advertencia de abuso sexual en niños y pueden ayudar a construir un caso fuerte contra el abusador. Nuestros abogados tienen experiencia en trabajar con los expertos adecuados para ayudar con su caso.
¿Puedes demandar a un profesor por abuso sexual?
Sí. Los maestros pueden ser considerados responsables en una demanda civil por abuso sexual contra estudiantes menores. Al igual que con todas las reclamaciones civiles por abuso sexual infantil, es importante trabajar con un abogado de inmediato para asegurarse de que todas las pruebas se recolecten y se documenten para ayudar a construir su caso.
¿Cuáles son mis derechos legales si fui abusado sexualmente cuando era niño?
Nuestros abogados representan a las víctimas que fueron abusadas sexualmente cuando eran niños (menores de 18 años). La ley sólo permite a las víctimas presentar una reclamación hasta la edad de 48 años. No espere para aprender acerca de sus opciones legales si usted fue víctima de abuso sexual como menor de edad.
¿Cuál es la diferencia entre los casos criminales y civiles? ¿Hay una carga diferente de la prueba?
Muchas personas saben que la carga de la prueba (o la evidencia necesaria para probar el caso) en un caso criminal está más allá de una duda razonable. Los casos criminales requieren un nivel muy alto porque estar encontrado culpable de un delito está en juego, así como la posibilidad de ir a la cárcel. En un caso civil, nadie es acusado de un delito y no puede ser encontrado culpable. En cambio, la cuestión en un caso civil es si una persona fue negligente y responsable de daños a otra persona. La carga de la prueba en un caso civil es menor (más fácil de probar) que en un caso penal. El estándar para ganar un caso es “más probable que no” que la persona fue culpable, o prueba de poco más del 50 por ciento responsable.
El perpetrador está muerto. ¿Puedo presentar una reclamación?
Sí. Se puede presentar una reclamación contra el patrimonio del perpetrador. Pero hay restricciones de tiempo muy estrictas y cortas para hacerlo.
¿Quiénes son reporteros encargados de sospecha de abuso infantil?
Bajo la ley de Connecticut, las siguientes personas son reporteros encargados de sospecha de abuso infantil: médicos; enfermeras; médicos forenses; dentistas; higienistas dentales; psicólogos; entrenadores; profesores de escuela; escuela principal; consejeros escolares; escuela paraprofesional; trabajadores sociales; policías; oficiales de libertad condicional y libertad condicional de menores o adultos; miembros del clero; farmacéuticos; fisioterapeutas; optometristas; quiroprácticos; podólogos; profesionales de la salud mental; asistentes médicos; proveedores certificados de EMT; consejeros certificados de drogas y alcohol; terapeutas matrimoniales y familiares con licencia; agresión sexual y las maltrechas consejeras de mujeres; proveedores de cuidado infantil pagados en instalaciones públicas o privadas; guarderías infantiles; guarderías grupales y familiares con licencia; empleados del Departamento de Niños y Familias o del Departamento de Salud Pública si son responsables de otorgar licencias a guarderías, hogares o campamentos juveniles; y empleados de la Oficina del Defensor del Niño, incluidos los Defensores de La Infancia designados.
Cualquier persona así identificada que en el curso de su empleo o profesión tiene motivos razonables para creer o sospechar que un niño ha sido abusado o descuidado o ha sido infligido por lesiones no accidentales o está en riesgo inminente de daño grave debe informar o hacer que se haga un informe de acuerdo con la ley estatal. La violación de la ley resultará en una multa monetaria y la participación requerida en un programa educativo y de capacitación. Véanse los Estatutos Generales de Connecticut Secciones 17-101(b); 17-101a.